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COMUNICADO DE CREE


La Coalición para la Reforma Política y Electoral (CREE), respetuosa del Estado Constitucional de Derecho, a la opinión pública nacional e internacional expresa:

Que el día 7 de noviembre de 2011, la honorable Sala de lo Constitucional pronunció sentencia en el proceso de Inconstitucionalidad 57-2011 declarando que algunos artículos del Decreto Legislativo 758 son inconstitucionales porque se vulnera el artículo 78 de la Constitución de la República. Con la sentencia se anula, como forma de elección, el orden de prelación en las listas de candidatos de los partidos políticos, y se garantizan condiciones de igualdad para todos los que participan en una elección legislativa.

Que algunos partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa, en su sesión plenaria del 27 de octubre de 2011, deliberadamente y con el ánimo de no cumplir con los fallos de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitieron reformas al Decreto 758, para procurar que los partidos políticos sigan ostentando el poder de seguir eligiendo a los Diputados y Diputadas, negando la posibilidad de que los ciudadanos mediante el voto directo elijamos a las personas que mejor representen nuestros intereses en la Asamblea Legislativa. Estas reformas que vulneran el Art. 78 de la Constitución, se encuentran en manos del Presidente de la República, quien en cumplimiento de su mandato constitucional deberá vetarlas para obligar a la Asamblea Legislativa que legisle de acuerdo al fallo 57-2011.

Al pronunciarse una sentencia de inconstitucionalidad, surge la obligación a la Asamblea Legislativa de reformar o derogar, según sea el caso, las disposiciones que adolecen de inconstitucionalidad. Dichas reformas deben de adecuarse a lo mandado por la sentencia, es decir, debe de hacer efectivo el espíritu del fallo judicial; esto es así, pues las sentencias de inconstitucionalidad que emita la Sala tienen carácter obligatorio, de un modo general o erga omnes para todos los órganos del Estado, sus funcionarios y autoridades e incluso para toda persona natural o jurídica.

Por las razones antes expuestas, al señor Presidente de la República, en cumplimiento con su mandato constitucional y con los principios democráticos, le exigimos vetar el Decreto Legislativo No. 897 por contener claras violaciones al Art. 78 Cn. y no dar cumplimiento a las sentencias 61-2009 y 57-2011.
A los diputados de la Asamblea Legislativa exigimos cumplir con la sentencia 57-2011 y emitir una reforma al sistema de votación y designación de escaños que elimine el orden de prelación en las listas de candidatos de los partidos políticos y permitan a la ciudadanía una libre elección de los diputados y diputadas de su preferencia, tal como lo establece la Constitución de la República.

A los partidos políticos que cumplan con el régimen jurídico Constitucional y eviten cualquier clase de maniobras políticas que vayan orientadas a desobedecer las sentencias de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

A las organizaciones de la sociedad civil y sociedad salvadoreña en general, a estar vigilantes de la plena vigencia de nuestro ordenamiento jurídico Constitucional.

“Exigimos voto por persona, no por bandera”

San Salvador, 11 de noviembre de 2011.
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